SERVICIOS de COMPLIANCELa responsabilidad penal de la Persona Jurídica en el Derecho español proviene del año 2010. Si bien con la reforma de nuestro Código Penal por la LO 1/2015 de 30 de marzo, se introduce en nuestra legislación una modificación especialmente importante en cuanto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, exigiendo la adopción y ejecución con eficacia de modelos de organización y gestión de la empresa que incluyan las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión, Dicho programa de prevención o plan de cumplimiento normativo resulta por tanto fundamental para lograr la exoneración de cualquier responsabilidad penal a la empresa. Se exige compromiso y cumplimiento desde la máxima autoridad de la empresa, Consejo de Administración, hasta los trabajadores de la misma, siendo obligatorio establecer políticas de actuación, protocolos y planes de cumplimiento normativo, un sistema eficaz y eficiente de previsión de riesgos penales y controles de los mismos. De este modo surge en este ámbito la figura del “Compliance Officer” para direccionar el citado plan de cumplimiento. Teniendo en cuenta sus áreas de actuación y su responsabilidad para que la organización desarrolle su actividad conforme a la legislación nacional e internacional que le afecta, resulta innegable la necesidad de formar a las personas que van a desarrollar dicha función, con el objetivo de establecer las políticas y procedimientos adecuados y suficientes para garantizar que la organización incluidos sus directivos, empleados, así como sus clientes y proveedores, entre otros agentes vinculados, cumplan con el marco normativo aplicable. El legislador está incrementando la presión y el número de normas de ámbito local y general, incluso internacionales, que atienden a la exigencia de la existencia de los modelos de prevención penal en las empresas. La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a través del artículo 31 bis ha generado inquietudes en las empresas y los profesionales sobre como son los sistemas de gestión que permitan la exención o la atenuación de las sanciones. Por ello nuestro despacho presta no sólo un servicio de asesoramiento, sino de formación integral los distintos miembros de la empresa que permita conocer sus obligaciones y direccionar y crear una NUEVA GESTION DE RIESGOS de empresa. POLITICA DE PREVENCION, DETECCION Y REACCION. OBJETIVOSSomos un despacho multidisciplinar con más de 30 años de experiencia en el sector de asesoría legal, asesoría fiscal y defensa penal de las empresas que nos permite sustentar nuestra labor en base a la propia experiencia y conocimiento del negocio. Nuestro sistema de trabajo en materia de asesoría legal y de cumplimiento normativo se apoya en una base de formación continua a trabajadores y directivos para lograr así una alta efectividad en el modelo de empresa garantizando su comprensión y autonomía por parte de ésta, Proponemos un sistema o modelo comprensible, transparente y adaptado a las necesidades de la empresa. Un modelo para la detección de delitos, así como, la organización del canal de denuncias, tratamiento de la información sobre comportamientos delictivos; puesta en marcha de protocolos de investigación de los posibles riesgos, irregularidades, incumplimiento de las medidas preventivas y posibles delitos de directivos, empleados o trabajadores. Proponemos un sistema de formación para dar a conocer las responsabilidades penales de las personas jurídicas, como son los sistemas de cumplimiento establecidos en el apartado 5 del artículo 31 del CP. Para lograr un eficaz desarrollo de nuestro trabajo a la hora de establecer modelos de prevención de riesgos penales, o participar en el desarrollo de políticas y protocolos de cumplimiento y actuación, nuestro despacho otorga especial importancia a conocer y entender la realidad de la empresa. Atender su reales necesidades y valorar los medios técnicos, económicos y personales con los que cuenta. Resultan necesarios igualmente trabajos de: Evaluación previa y antecedentes. Due Diligence, Fijación de objetivos y plan de acción razonables atendiendo a las circunstancias y necesidades de la empresa, así como en virtud del nivel de riesgo existente, Fijación de Mapa de riesgos penales empresarial, Elaboración de un sistema de gestión, organización y funcionamiento del “sistema compliance” nacional e internacional, Fomento de una cultura sinergética empresarial, Programas de coordinación al sistema de Compliance: Formación, elaboración de informes, revisiones y “forensic”, Orientar sobre el modelo disciplinario frente al incumplimiento normativo y normas a establecer en el sistema disciplinario, Promover cultura ética y de cumplimiento en la empresa, Desarrollar estructura eficaz y eficiente de cumplimiento normativo, Establecer objetivos y prioridades del ámbito empresarial, Dotar a la empresa de una línea unidireccional de negocio