RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SU ALCANCE AL COMPLIANCE PENAL de Lucas Franco Abogados
Los modelos de prevención penal, o como resultan denominados en la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre de código penal, los modelos de organización y gestión constituyen un elemento organizativo empresarial que incluyen las medidas de vigilancia y control “idóneas” para prevenir los delitos de la empresa y en la empresa.
Este nuevo criterio y su desarrollo legal enfocado a un sistema organizativo responsable de la empresa y por la empresa, tiende a abandonar el aforismo latino “societas delinquere non potest” universitas delinquere nequit”, para considerar a la empresa y sus responsables o empleados como posibles sujetos activos en el derecho penal. Así se hace necesario concebir que existe la necesidad de:
a.- Lograr que la empresa sea una entidad autónoma y responsable para con el cumplimiento normativo.
b.- Lograr un compromiso social de participación e implicación de las empresas en la investigación criminal (entendida en el seno de la empresa).
c.- Lograr una mentalidad unívoca de cultura de cumplimiento que permita ser desplegada ante las autoridades judiciales en caso de que exista una investigación criminal por la comisión de uno o varios delitos en el seno de la empresa.
Nuestro despacho de abogados en Madrid, a través de su asesor legal, Daniel Lucas Romero, presta servicios a nivel nacional en materia de formación y orientación a empresas, directivos y empleados, sobre cumplimiento y gobierno corporativo, elaboración y redacción de programas de cumplimiento, o supervisión (implementación) de los existentes, para lograr un adecuado cauce de la empresa a las directrices marcadas por la Fiscalía General del Estado y por los Tribunales. En concreto:
formación general
redacción y elaboración de programas de cumplimiento penal
elaboración de funciones de compliance penal o compliance officer penal
supervisión e implementación de programas existentes
estrategias procesales de defensa de la entidad en delitos económicos y de empresa
Es importante conocer que no todo es materia de protección de datos. Existe una absoluta desinformación generada por muchas empresas que se identifican como compliance Penal, o Compliance Officer, y se limitan a ver los aspectos referidos a la LOPD. Si bien, cabe decir, que los delitos que se ajustan a la responsabilidad penal de al persona jurídica, y por acción, omisión o por imprudencia, a sus directivos y/o empleados ascienden a más de una treintena de delitos que deben ser valorados y supervisados en su totalidad.
Nuestros cursos de formación van a permitir identificar los riesgos de la entidad, concretar los sistemas de prevención o control de tales riesgos, y contar con una infraestructura o con medios suficientes para permitir el tratamiento de las posibles conductas ilícitas, o irregulares para salvar con ello la imposición de una pena ala entidad, y por extensión, a los responsables y delegados o trabajadores de la misma.
Los cursos se imparten en su modalidad presencial en la sede de la empresa, o bien, en nuestras instalaciones, en nuestros despacho de abogados en Madrid, adaptándonos a las necesidades del cliente
