Come
especialistas en testamentos y herencias
en Madrid centro recibimos muchas consultas de nuestros clientes sobre una
cuestión muy concreta: ¿Quién tiene derecho a heredar cuando un fallecido no ha
dejado testamento? El derecho testamentario se presta a muchas interpretaciones
erróneas debido, en gran parte, a la influencia de las películas y series de
televisión, la mayoría de origen americano o británico.
Sin embargo, la legislación española difiere en gran medida de la de estos países,
de manera que quienes tramitamos asuntos de testamentos y herencias en Madrid centro tenemos que explicar con
frecuencia los términos más generales. Así por ejemplo, en el caso que nos
ocupa de que no exista testamento, las leyes son muy claras al establecer a quien
le corresponde el derecho a heredar. En primer lugar, son herederos universales
los hijos del fallecido, si es que los tuviera. Da igual que hayan sido
concebidos dentro o fuera del matrimonio, incluso aunque no hubieran sido
reconocidos. Una vez establecida la relación, el derecho de herencia es
incuestionable.
Si no tuviera hijos, los bienes y propiedades del difunto deberán ser
repartidos entre sus ascendientes, padres o abuelos, si le hubieran
sobrevivido. Sólo en el caso de que no existan hijos o ascendientes vivos, en
caso de no existir un testamento escrito será el cónyuge quien hereda. Si no
hubiera cónyuge o existiera una sentencia de divorcio previa al fallecimiento,
serán a los hermanos del fallecido a quienes corresponda hacerse cargo de sus
bienes.
Estas son, a grandes rasgos, las directrices que marca la legislación española,
pero en cada caso pueden darse circunstancias especiales que puedan variar los
resultados. Por este motivo, te recomendamos que vengas a Lucas Franco Abogados y analizaremos tu caso con todo detalle.
Como se reparten los bienes cuando no hay un testamento de Lucas Franco Abogados

13/02/201613 de Febrero de 2016
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